Normatividad para el trabajo en alturas

La Resolución 4272 de 2021 plantea algunos cambios y profundiza en otros aspectos en relación con la normatividad que se venia manejando para trabajo en alturas, entre esos cambios se encuentran:

  1. Se considera trabajo en alturas a toda actividad que sobrepase los 2 mts de altura (con la excepción de que si se detectan peligros a menos de dos mts, debe aplicar la normatividad de trabajo en alturas)
  2. Se realiza una mayor descripción del PPCC (Programa de protección contra caídas)
  3. “trabajador autorizado” es el termino que se le otorga al trabajador que cumple con la competencias, capacitaciones y cuya salud fue evaluada para poder desempeña actividades en altura
  4. Delimitación de roles y responsabilidades en el PPCC
  5. Implementación de Análisis de Riesgo por Oficio ARO o similares en el PPCC

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