La Resolución 4272 de 2021 plantea algunos cambios y profundiza en otros aspectos en relación con la normatividad que se venia manejando para trabajo en alturas, entre esos cambios se encuentran:
- Se considera trabajo en alturas a toda actividad que sobrepase los 2 mts de altura (con la excepción de que si se detectan peligros a menos de dos mts, debe aplicar la normatividad de trabajo en alturas)
- Se realiza una mayor descripción del PPCC (Programa de protección contra caídas)
- “trabajador autorizado” es el termino que se le otorga al trabajador que cumple con la competencias, capacitaciones y cuya salud fue evaluada para poder desempeña actividades en altura
- Delimitación de roles y responsabilidades en el PPCC
- Implementación de Análisis de Riesgo por Oficio ARO o similares en el PPCC